¿Cuánto puede ser un nivel responsable de aumento
salarial?
Por Rodolfo Magallanes
(profesor titular de la Universidad Central de Venezuela)
Habiéndose acordado la necesidad
de un incremento salarial, el aspecto siguiente a discutir es su proporción. El
límite de lo que significa responsable. Establezcamos, entonces, un margen inicial
sobre el cual podría discutirse su fijación. Podríamos partir, por ejemplo, del
costo actual de la canasta básica familiar para Venezuela dividido entre dos.
Otra forma de encontrar el límite para su fijación es la identificación del
salario mínimo expresado en divisas en las economías de los países vecinos;
pongamos, por caso, Colombia. Descontemos -si quieren- una prima por la
inestabilidad causada por la invasión e intervención del gobierno de Estados
Unidos, equivalente a la capacidad instalada media desocupada de la economía
venezolana menos la tasa media de crecimiento económico esperada para el año.
Debemos considerar además que,
cualquier margen por debajo del costo de la canasta básica familiar en el que
sea fijado el salario en Venezuela constituye, de hecho, un subsidio a la
inversión de capitales por parte de la economía; así que, una concesión en este
sentido debería estar acompañada por el compromiso responsable a invertir en el
país por parte de las empresas y el Estado. Dicha inversión debería estar
orientada a la adquisición prioritaria de equipos, tecnologías y la preparación
y entrenamiento de los trabajadores en el uso de esa nueva tecnología
productiva.
Hay quienes señalan con temor las
implicaciones de un ajuste salarial sobre el cálculo de prestaciones y
jubilaciones como impedimento para ajustar válidamente los sueldos. Sobre este
asunto, se debe considerar que la situación actual no es admisible, ya que los
niveles salariales actuales son muy bajos y no pueden servir para ofrecer
protección social a los trabajadores en condiciones de retiro. El salario
constituye la retribución por el esfuerzo productivo y en tal sentido no es
sino la participación mínima de los trabajadores en el producto de la sociedad;
no contiene, por tanto, ninguna compensación adicional. Consagrar la actual situación
salarial en el cálculo de las prestaciones laborales, significaría una gran
injusticia para los trabajadores. El régimen prestacional implica en gran
medida la postergación de una porción del salario, del que podría haber
disfrutado en su momento el trabajador, el cual no puede ser disfrutado sino
una vez que ha alcanzado el final de su vida laboral o del lapso laboral en la
empresa; es decir, constituye normalmente parte del fondo de ahorro de la
sociedad, la empresa y el trabajador. No constituye un ingreso que deba
disponerse inmediatamente, sino un gasto que se puede postergar, programar y
amortizar, previendo además que las necesidades del trabajador en el momento de
su disfrute aumentarán y usar los salarios actuales para calcularlos resulta
injusto y deriva en una pérdida neta para los trabajadores. Así que, un cambio
en este ámbito debería resultar de ajustes y compensaciones que aseguren la
protección de los intereses de los trabajadores y no impliquen consagrar el existente
estatus injusto de salarios precarizados. La Venezuela que deseamos construir
en lo adelante no debe parecerse para nada a una en la que los intereses de
quienes menos tienen se vean sistemáticamente perjudicados, sino una situación
más equilibrada y justa en la que todos disfrutemos -más allá de desigualdades
de ingresos- de una protección esencial implicada por la condición de ser
ciudadanos de este país.
Para esto, resulta además
imprescindible una mayor responsabilidad en el pago de impuesto por parte del
sector privado de la economía. Ha resultado tradicional en Venezuela que el
sector privado, particularmente, el sector no petrolero se eximía de pagar
impuestos, ya que los ingresos derivados de la industria petrolera resultaban
cuantiosos y permitían subsidiar esta capacidad de tributación del sector
privado. Resulta que, hoy las necesidades de la sociedad son mayores y, por
varias razones, los ingresos derivados de la explotación petrolera son
insuficientes. Pensamos, entonces, que es necesario un incremento de las
contribuciones del sector privador no petrolero en el financiamiento de bienes
públicos. No pretendemos que esta contribución sea excesiva, sino tan sólo
equivalente a la de otros países de la región (estimamos que, los ingresos
fiscales no petroleros equivalen aproximadamente a 16% o 17% del PIB actual en Venezuela, cuándo la
situación promedio en Latinoamérica está más cerca de 25% , así que habría un
margen para mejorar en este sentido). Este incremento en la tributación del
sector no petrolero resulta imprescindible, pues durante todos estos últimos
años, dadas las condiciones difíciles, se ha postergado de hecho un conjunto de
gastos sociales indispensables que sólo puede realizar el Estado
(infraestructura social y de servicios públicos, programas sociales esenciales,
etc.).
Finalmente, hay quien señala que,
cualquier incremento salarial implicaría inflación. Esto es igual a decir que,
los niveles de ganancia del sector empresarial corresponden a la tasa mínima y
que no incluyen rentas; es decir que, la empresa típica en Venezuela es “intramarginal”,
o muy pequeña, que no tiene capacidad para fijar autónomamente precios y se ve
obligada a aceptar los precios del mercado. Esto no es lo que revelan los
patrones de consumo predominantes, visibles entre los miembros de esta clase empresarial
ni entre los conglomerados económicos que caracterizan la economía venezolana.
Tampoco es lo que revelan las cifras de ajuste de precios al consumidor en
Venezuela, pues éstos excedieron desde 2021 en más de siete mil puntos
porcentuales la variación del tipo de cambio. Esto es, los incrementos de
precios al consumidor excedieron en aproximadamente 500% (cinco veces) la variación del precio de la
divisa el mismo período.
Así que, son visibles la existencia
y disponibilidad por parte de los empresarios venezolanos de elevadas tasas de
ganancia, que no son compensadas tampoco por tasas de tributación igualmente
elevadas, sino al contrario. Por tal razón, un alza de salarios aun cuando
implicara una reducción parcial de estas tasas de ganancias excedentarias de
los empresarios, aun así, se traducirían en un incremento de las ganancias
absolutas de estos mismos empresarios; debido
a que, el incremento salarial tendría aparejado un incremento del consumo de
los trabajadores y , con ello, aumentarían las ventas y las ganancias por
volumen de los empresarios.
Por argumentos como éstos, soy
optimista acerca de las ventajas de la adopción de una medida de actualización
salarial de los ingresos de los trabajadores. Estoy muy seguro del efecto
positivo y de impulso económico de una medida como ésta en las actuales
circunstancias de mejora de las expectativas de crecimiento económico del país.
Y, en cambio, soy muy opuesto a argumentos en contrario.

