sábado, 18 de junio de 2016

Tensión en la OEA

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Felix Arellano

En la medida que la democracia se convierte en uno de los sistemas políticos que mejor garantizan la libertad y la convivencia, se va incrementando la búsqueda de fórmulas que permitan su consolidación

En la medida que la democracia se convierte en uno de los sistemas políticos que mejor garantizan la libertad y la convivencia, se va incrementando la búsqueda de fórmulas que permitan su consolidación. En este contexto van surgiendo las cláusulas democráticas que se han adoptado en varias organizaciones internacionales como la OEA, UNASUR, Mercosur y Comunidad Andina. De las normativas existentes la Cláusula Democrática Interamericana (CDI) de la OEA, adoptada en el año 2002, constituye el aporte más amplio, empero, con los cambios que ha vivido el hemisferio y, en particular con la compleja experiencia que vivimos en Venezuela, se podrían promover  algunas transformaciones importantes de la Carta.

La CDI contempla tanto la legitimidad de origen, que los gobiernos provengan de elecciones confiables y transparentes; y una sección innovadora relativa a la legitimidad de ejercicio, que un gobierno electo democráticamente respete, en el ejercicio de sus funciones, los elementos fundamentales de la democracia. La CDI también desarrolla tales elementos. Para su aplicación la CDI contempla dos vías: ser invocada por gobiernos o por el Secretario General (el Articulo 20 de la CDI).

La aplicación práctica de la CDI contempla dos fases: la primera requiere la aprobación en el Consejo Permanente de la OEA con un mínimo de 18 votos de los 34 países miembros, se concentra en el diálogo y la negociación con el gobierno del país afectado, a los fines de tratar de resolver por la negociación la alteración del orden constitucional. En caso de fracasar la primera fase, los miembros tendrían que convocar con 24 votos a favor, una Asamblea General Extraordinaria y esa segunda fase si contempla la posibilidad de sanciones, incluyendo la suspensión del país, pero nunca el uso de la fuerza militar.

Desde la adopción de la CDI se han registrado 8 aplicaciones por solicitud de gobiernos: 2 en Bolivia, 2 en Ecuador, 2 en Nicaragua, 1 en Honduras que llegó hasta la fase de las sanciones y 1 en Venezuela. En este momento, por la situación que enfrentamos en Venezuela, se ha presentado un caso inédito, pues es la primera vez que la solicitud de aplicación de la CDI proviene del Secretario General.

El Secretario General de la OEA Sr. Almagro ya ha formalizado su intención de solicitar la aplicación de la CDI en el caso de Venezuela, al presentar un exhaustivo Informe de 132 páginas, sobre la grave crisis que enfrentamos en Venezuela, con especial atención a las violaciones de los principios fundamentales de la democracia, previstos en la Carta y se ha convocado una reunión extraordinaria del Consejo Permanente de la OEA, el 23 de este mes, para decidir si se aplica la Carta y se inicia el proceso diplomático y de negociación con el objeto de restablecer el orden constitucional en Venezuela.

Ahora bien, en ínterin la representación de Argentina promovió la adopción de  una Resolución sobre el tema de Venezuela, que se aprobó por consenso incluyendo a Venezuela y con la reserva de Paraguay. Este movimiento parecía alterar la estrategia del Secretario Almagro, pero los acontecimientos son muy dinámicos. La Resolución, además de exhortar por una acción oportuna, ofrece una amplio respaldo a la labor del Expresidente Zapatero; empero, está pasando el tiempo y no se observan soluciones, todo lo contrario.  

Este lunes inició la XLVI Asamblea General de la OEA en República Dominicana, el tema de Venezuela no se encuentra en la agenda, pero seguramente será el gran tema de los pasillos y sería conveniente que los delegados reflexionaran sobre  ¿qué ha ocurrido con la Resolución adoptada?.

Ante la crisis que se agudiza en Venezuela, pues el gobierno apaga el fuego con gasolina, resulta fundamental evaluar la conveniencia de apoyar la estrategia del Sr. Almagro y aprobar en la reunión del Consejo Permanente del próximo 23, la primera fase de la Carta, orientada a la labor de conciliación con el gobierno de Venezuela, conformando un grupo (de conciliación) más equilibrado y confiable. Ya la OEA realizó un primer e importante esfuerzo con la Resolución adoptada, pareciera conveniente avanzar un poco más para lograr ejercer mayor presión al gobierno de Venezuela y lograr una solución oportuna y constitucional.

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